Última actualización: mayo de 2026.

La campaña de la declaración de la renta del ejercicio de 2025 comienza el 8 de abril y se extiende hasta el 30 de junio de 2026.

Todos los propietarios con viviendas en alquiler están obligados a presentar los rendimientos obtenidos como arrendadores durante el año. Es por ello que en este post te indicaremos cómo debes declarar el alquiler en la renta teniendo en cuenta las desgravaciones y deducciones a las que puedes tener derecho por el hecho de residir en España y con las particularidades de cada Comunidad Autónoma. Ten en cuenta que si resides fuera de España, estas recomendaciones pueden no ser de aplicación en tu caso.

Si por el contrario eres inquilino y quieres saber cómo declarar el alquiler, te recomendamos este artículo con todas las deducciones por Comunidad Autónoma.

Tabla de Contenidos

Cuánto me puedo deducir de los ingresos del alquiler

Para el ejercicio de 2025, no existen grandes novedades en materia de rendimientos del capital inmobiliario más allá de los porcentajes de reducción para el alquiler de vivienda habitual que ya se comenzaron a aplicar en el ejercicio anterior.

Tal y como explicamos en este monográfico sobre la campaña de la renta de 2025, si el contrato se firmó antes del 26 de  mayo de 2023 (entrada en vigor de la Ley de Vivienda), seguirá aplicando la reducción habitual del 60%. Si la firma tuvo lugar después, la reducción puede ir del 50% al 90% según el caso.

Por norma general, los alquileres firmados a partir del 26 de mayo de 2023 tendrán una reducción del 50%. Si bien, podrán tener derecho a mayores reducciones como detallamos aquí, que serán:

  • Del 60% si en los dos últimos años anteriores a la firma del contrato de arrendamiento han finalizado obras de rehabilitación en los términos previstos en la normativa de IRPF;
  • del 70% si el inmueble se ha alquilado en una zona tensionada a jóvenes de hasta 35 años, o bien, se trate de una vivienda asequible incentivada o protegida arrendada a la administración pública o entidades del tercer sector;
  • del 90% si se ha alquilado en una zona tensionada al menos un 5% por debajo del precio del anterior contrato.
ReducciónCondiciónAplica a
60%Caso generalContratos firmados antes del 26/5/2023
50%Caso generalContratos firmados desde el 26/5/2023
60%Obras de rehabilitación en los 2 años previosContratos desde 26/5/2023
70%Zona tensionada + inquilino ≤ 35 años, o vivienda asequible pública o tercer sectorContratos desde 26/5/2023
90%Zona tensionada + precio mínimo 5% inferior al contrato anteriorContratos desde 26/5/2023

En todo caso, debes tener en cuenta que cualquiera de estas reducciones para vivienda habitual se calculan sobre el rendimiento neto del alquiler, una vez restados todos los gastos deducibles al rendimiento íntegro devengado durante 2025 como vamos a detallar a continuación.

Además, hay que tener en cuenta que en ningún caso tienen derecho a estas reducciones:

  • Los alquileres turísticos o de temporada (normalmente de menos de un año)
  • Los alquileres de locales u oficinas, aunque fueran usados como vivienda temporal
  • Los contratos de alquiler a empresas donde no figure el nombre y NIF de los inquilinos.
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Cómo declarar el alquiler en la renta

Lo primero que deberás hacer es identificar los datos de tu vivienda, como de sus alquileres. Debes incluirlos en el Apartado C, Páginas 6 y 7: Bienes inmuebles y rentas derivadas de los inmuebles a disposición de sus titulares, arrendados o cedidos a terceros, o afectos a actividades económicas.

0062–0075Identificación del inmueble
0091–0101Datos del contrato e inquilinos
0102Ingresos íntegros del alquiler
0103–0105Intereses de la hipoteca
0106–0108Reparaciones y conservación
0109Gastos de comunidad
0110–0111Formalización del contrato y defensa jurídica
0112Servicios personales (administrador, portería…)
0113Suministros
0114Seguros
0115IBI, tasas y otros tributos
0116Saldos de dudoso cobro (impagos)
0117Amortización de bienes muebles
0118–0132Amortización del inmueble

Identificación del inmueble

Las casillas que van de la 0062 a la 0075 servirán para identificar el inmueble que has puesto en alquiler.

casilla 62 declaracion contribuyente titular

Declarar el alquiler cuando hay dos o más propietarios

Si el inmueble tiene varios propietarios, a cada uno se le atribuye tanto ingresos como los gastos desgravables en función de su porcentaje de propiedad o usufructo. Estos porcentajes deben indicarse en la casilla 0063 y 0064.

Por lo tanto, deberás indicar todos los importes solicitados en la parte porcentual que representa tu plena propiedad y usufructo. Por ejemplo, si eres propietario del 50% del inmueble y tienes un 25% adicional en forma de usufructo de un alquiler que ha rentado 10.000 euros en un año, deberás declarar unos ingresos íntegros de 7.500 euros e incluir solo el 75% de cualquier gasto o amortización del inmueble. Este es un cálculo que debes hacer tu mismo para introducir ya los importes correspondientes a tu porcentaje de propiedad.

Declarar el alquiler cuando has vivido en la vivienda o ha estado vacía parte del año

Si el inmueble ha estado sin alquilar durante algún periodo del año, deberás indicar el número de días en la casilla 0073 en caso que nadie haya hecho uso de ella , o en la 0076 si ha sido tu vivienda habitual durante algún momento de 2025. Si se tratara de un inmueble alquilado como anejo a la vivienda (garaje, trastero) y para el cual no se hubiera indicado una renta específica aparte, debes ponerlo en la celda 0074. En caso de que sí haya estado arrendada parte del año, deberás marcarlo en la casilla 0075 (Arrendamiento).

Identificación de los arrendamientos

Una vez has indicado que el inmueble ha estado alquilado durante todo o parte de 2025, en las casillas que van de la 0091 a la 0101, deberás indicar la fecha de cada contrato de alquiler -en caso de haber varios- e identificar a todos los inquilinos de cada contrato. Para identificarlos, deberás poner su NIF o NIE. En caso de ser extranjeros que no dispongan de NIE, deberás indicar el número de identificación fiscal de su país de origen.

Para cada contrato de alquiler, en la casilla 0100 deberás indicar también si está sujeto a la reducción del 60%. Esta reducción sólo aplica para contratos de arrendamiento de vivienda habitual (por 5 años).

Casillas 0091 a 0101 - Declaración del alquiler

Qué son los ingresos íntegros del alquiler

Una vez identificado el inmueble y el arrendamiento, para declarar el alquiler en la renta, debes indicar en la casilla 0102 los ingresos íntegros de cada contrato de alquiler.

Declaración de ingresos íntegros computables

Estos ingresos son la suma de todas las mensualidades devengadas durante 2025, sin realizar ningún tipo de reducción y sin restar ningún gasto ni impago.

Deberás incluir también cualquier repercusión realizada por obras, así como ingresos por bienes que hayas alquilado junto con la vivienda. Por ejemplo, si cobras aparte por los muebles o electrodomésticos.

Gastos desgravables del alquiler: cuáles son y dónde ponerlos

Los arrendadores pueden desgravar una serie de gastos que se restan al total de ingresos devengados por el alquiler durante el año. Esto hace que los impuestos por alquilar un inmueble se ajusten exclusivamente a los beneficios netos que en realidad has obtenido. Por lo tanto, podría llegar a ser posible no tener que pagar ningún impuesto por alquilar, una vez deducidos gastos como los intereses de la hipoteca, la amortización del inmueble, gastos de reparaciones o gastos fijos como la comunidad o el IBI. Puedes consultar la relación oficial de gastos deducibles en el portal de la AEAT.

¡Atención! Si se trata de gastos anuales fijos (intereses, seguros, comunidad, etc.) es importante tener en cuenta que sólo podrás deducirte la parte proporcional al número de días del año que la vivienda ha estado alquilada. Para cada alquiler, debes calcular el importe proporcional a tu porcentaje de propiedad y al número de días que la vivienda ha estado alquilada. Por ejemplo, si el IBI anual de la vivienda es de 200€, posees un 50% de su propiedad y la vivienda solo ha estado alquilada desde el 1 de julio, deberás poner como gasto deducible 50,41€ (200×50%x184/365).

Qué pasa si cobras el IBI o los gastos de comunidad al inquilino

En caso de que cobres alguno de estos gastos al inquilino, no podrás desgravártelos como gastos en la renta, aunque tampoco deberás declararlos como parte de los ingresos íntegros. Con lo que el efecto fiscal será nulo.

Intereses de la hipoteca

Incluye tanto los intereses de créditos destinados a la compra o mejora de la vivienda, así como otros gastos asociados a la formalización de la hipoteca, como son los gastos de notario, las comisiones de apertura o por amortización anticipada del crédito. No incluye por lo tanto los importes destinados a amortizar el principal del préstamo.

casilla 103 declaracion intereses

Tanto en estos gastos financieros como en los de reparaciones, podrás observar que la declaración te permite incluir aquellos que no hayas deducido durante los 4 años anteriores a 2025. Esto es especialmente útil en el caso de que hayas aperturado una hipoteca o hayas realizado reformas recientes de un importe más elevado que los ingresos del alquiler de un año. Así podrás diferir esos gastos durante los 4 próximos años para asegurar que puedes deducirlos todos.

Las reparaciones y gastos de conservación del inmueble

Los gastos de reparación y conservación son parte de los gastos de alquiler deducibles. Eso sí, debes tener cuidado y saber qué interpreta Hacienda como una reparación y lo que no lo es.

Puedes incluir lo que te has gastado en materiales, como la pintura, arreglo de instalaciones o de sustitución de calefacciones, puertas, ascensores u otros. Sin embargo, no serán deducibles las cantidades destinadas a la ampliación u obras de mejora de la vivienda que habrá que incluirlas en las casillas 0128 y 0129 de mejoras realizadas dentro de los gastos de amortización de la vivienda.

casilla 106 declaracion gastos reparacion

La comunidad y otros gastos comunes

Incluye los gastos de la comunidad de vecinos en caso de estar ésta constituida. Evidentemente sólo puedes incluirlos siempre y cuando sea el propietario, y no el inquilino, quien pague dichos gastos.

Gastos de comunidad - Declaración del IRPF

Gastos de formalización del contrato y de defensa jurídica

Estos apartados incluyen los gastos que se devengan por la formalización del contrato de alquiler que te cobró la inmobiliaria o gestor, así como los incurridos en la defensa de carácter jurídico (abogado, procurador, etc.).

Gastos de formalización del contrato - Declaración del IRPF

Cantidades devengadas por terceros por servicios personales

En este epígrafe puedes incluir los gastos cobrados por el administrador de la finca o de la vivienda, así como gastos de portería, limpieza, jardinería o vigilancia cuando se cobren aparte o en lugar de los de comunidad incluidos en la casilla 0109.

Cantidades devengadas por servicios personales - Declaración del IRPF

Los suministros del hogar

Se pueden deducir las cantidades destinadas a suministros, siempre que sea el propietario quien los pague. En el caso de que pague el inquilino, no podrás incluir dichos gastos.

Servicios de suministros - Declaración del IRPF

Primas de contrato de seguros

Como la prima anual del seguro de hogar, pero también puedes incluir la prima del seguro de impago de alquileres si la tuvieras.

casilla 0114 declaracion de la renta

IBI, tasas y otros impuestos

Aquí debes incluir los tributos y recargos no estatales como el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles), las tasas por recogida de basuras, alcantarillado, alumbrado o cualquier otro tributo asociado a la tenencia o al uso del inmueble. No serán deducibles recargos que sean de carácter sancionador (multas).

Tributos, recargos y tasas - Declaración del IRPF

Dinero que te adeudan

Son los saldos de dudoso cobro. Si no te han pagado parte del alquiler devengado indicado en la casilla 0102, aquí puedes deducirte ese importe que no has cobrado. Para ello el deudor se tiene que encontrar en situación de concurso o han de haber pasado más de seis meses entre la primera reclamación a 31 de diciembre.

Saldos de dudoso cobro - Declaración del IRPF

Amortización de bienes muebles (mobiliario, electrodomésticos, caldera, etc.)

Para declarar el alquiler en la renta también podrás restar las cantidades destinadas a la amortización de bienes muebles. Eso quiere decir que si has sustituido la caldera, has comprado un nuevo electrodoméstico o un mueble para tu piso de alquiler, podrás desgravarte el 10% de su importe durante los 10 próximos años. Además, si financiaste la compra, también podrás incluir los intereses en el importe a amortizar.

Amortización de bienes muebles - Declaración del IRPF

Amortización de la vivienda

Hacienda te permite restar de los ingresos íntegros del alquiler las cantidades destinadas a la amortización de bienes inmuebles. Esto quiere decir que puedes imputar un 3% sobre el mayor de los siguientes valores: valor de adquisición satisfecho o valor catastral de la construcción.

Hay que tener en cuenta que el valor del suelo sobre el que está el inmueble no se amortiza, al considerar que no se degrada con el tiempo. En el caso de usar el valor catastral es fácil excluir el valor del terreno al venir desglosado en el recibo del IBI. En caso de que el valor que se use para la amortización sea el valor real de la compraventa, se le deberá restar el mismo porcentaje que representa el terreno en el total del valor catastral.

Para calcular la base amortizable, tanto en caso de usar el valor catastral como el de adquisición, se le deberá sumar el importe de gastos y tributos de la compraventa, así como las mejoras realizadas.

casilla 131 declaracion amortizacion inmueble
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Deducciones autonómicas para arrendadores

Una vez se calcula el rendimiento neto del alquiler aplicando todos los gastos desgravables, es conveniente comprobar si la Comunidad Autónoma del contribuyente contempla alguna deducción para arrendadores de vivienda. Se trata de deducciones variadas, pero muy escasas, ya que la mayoría están destinadas a los inquilinos. En este artículo podrás encontrar el detalle de las deducciones autonómicas existentes para la campaña del IRPF de 2025.

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Ejemplo práctico de declaración de ingresos por alquiler de vivienda

Para terminar de entender las explicaciones que te acabamos de dar, te presentamos un ejemplo práctico de cómo declarar el alquiler en la renta:

  • Ingresos íntegros por el alquiler: 8.000€ (8 meses x 1.000€ de mensualidad)
  • Gastos deducibles:
    • Intereses de hipoteca: 1.150€
    • Seguro de la casa: 250€
    • Gastos de comunidad: 600€ (50 €/mes)
    • Tributos recargos y tasas: 550 €
    • Gastos de conservación y reparación: 250€
    • Prima de seguro de hogar: 200€
  • Amortización:
    • Si el valor catastral de la construcción es 60.000€ y del terreno 20.000€ quiere decir que la construcción representa un 75% del total del valor
    • Si el valor real de la compraventa fue de 100.000€ habría que coger éste por ser superior al catastral y aplicarle el 75% para extraer el valor de la construcción (75.000€ en este ejemplo)
    • Para calcular el valor amortizable, hay que sumar gastos de compraventa y mejora. Asumamos 15.000€
    • La amortización del inmueble sería de (75.000€+15.000€)x3% = 2.700€
  • Si el inmueble ha estado alquilado 8 meses del año, sólo se podrá deducir la parte proporcional de los gastos y la amortización:
    • 3.000€ de gastos + 2.700€ de amortización
    • 5.700€ x 8 / 12 = 3.800€

Con estos datos, los ingresos íntegros suman un total de 8.000 euros a los que se le restará 3.800 euros en gastos deducibles. El resultado es que su beneficio fue de 4.200 euros.

Sobre este beneficio se puede aplicar una reducción del 50% al 90% tal y como explicado anteriormente si el inmueble ha sido alquilado como vivienda habitual. En este ejemplo, si el contrato de alquiler se firmó antes del 26 de mayo de 2023, la reducción sería del 60%, por lo que la base imponible general se vería aumentada únicamente en 1.680 euros.

Asumiendo en este ejemplo que el resto de la base imponible fuera de 30.000 euros, el tipo marginal de esa persona se encontraría en el 30%. Por lo tanto, podríamos asumir que la carga fiscal de un alquiler de 8.000 euros de renta sería de 504 euros, el 6% de la renta ingresada.

Ejemplo 2: contrato desde mayo 2023, zona tensionada, inquilino menor de 35 años

  • Ingresos íntegros: 12.000€ (1.000€/mes, alquilado todo el año)
  • Gastos deducibles: 4.500€ (hipoteca 2.000€, IBI 300€, comunidad 600€, seguro 200€, amortización inmueble 1.400€)
  • Rendimiento neto: 7.500€
  • Reducción aplicable: 70% (zona tensionada + inquilino de 32 años)
  • Base imponible que se suma al resto de rentas: 7.500€ × 30% = 2.250€

Frente a un propietario con el mismo inmueble pero con un contrato anterior al 26 de mayo de 2023 (reducción del 60%), la base imponible habría sido de 3.000€. Declarar en zona tensionada con inquilino joven supone pagar impuestos sobre 750€ menos de base.

Ejemplo 3: contrato desde mayo 2023, caso general

  • Ingresos íntegros: 12.000€ (1.000€/mes, alquilado todo el año)
  • Gastos deducibles: 4.500€
  • Rendimiento neto: 7.500€
  • Reducción aplicable: 50% (caso general, contrato firmado desde el 26/5/2023 sin ninguna condición adicional)
  • Base imponible que se suma al resto de rentas: 7.500€ × 50% = 3.750€

Este tercer ejemplo muestra la situación más habitual para contratos nuevos: una reducción del 50% en lugar del 60% anterior. Si el tipo marginal del propietario es del 30%, la diferencia entre ambas reducciones supone 225€ más de IRPF al año respecto a un contrato pre-2023.

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Las consecuencias de no declarar el alquiler en la renta

No declarar un alquiler -o hacerlo incorrectamente- supone que en el caso que Hacienda se entere podrías recibir una sanción que varía entre el 50% y el 150%, del importe dejado de declarar, además de tener que pagar los intereses generados y no poder disfrutar de la deducción del 60%.

Es importante tener en cuenta que Hacienda tiene muchos medios para comprobar si una vivienda está alquilada o no. Pueden, por ejemplo, cruzar datos con las empresas de suministros de agua y luz, padrones municipales, declaraciones de renta de los inquilinos, datos del catastro, administraciones depositarias de fianzas, etc.

Como puedes ver, las sanciones de Hacienda por no declarar el alquiler en la renta conllevan muchas desventajas económicas, por lo que hoy en día no hay que pensarse mucho si compensa o no declarar el alquiler correctamente. Lo mejor que puedes hacer es declarar todos tus ingresos y gastos y así beneficiarte de las reducciones antes mencionadas.

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Rentuos te pone más fácil hacer tu declaración de la renta

Contar con un gestor inmobiliario especializado en arrendamientos te permitirá disponer de información detallada de los ingresos y gastos de tus contratos de alquiler. Todos nuestros propietarios reciben un informe anual con todos los datos necesarios para hacer la declaración de la renta de una forma fácil y sin errores.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no declaro el alquiler en la renta?

No declarar el alquiler en la renta -o hacerlo incorrectamente- supone que en el caso que hacienda se entere podrías recibir una sanción que varía entre el 50% y el 150%, del importe dejado de declarar, además de tener que pagar los intereses generados y no poder disfrutar de la reducción del 60%.

¿Cuáles son los gastos deducibles del alquiler?

Los arrendadores pueden deducirse una serie de gastos que se restan al total de ingresos devengados por el alquiler durante el año. Esto hace que los impuestos por alquilar un inmueble se ajusten exclusivamente a los beneficios netos que en realidad has obtenido. Puede ser, por lo tanto, posible no tener que pagar ningún impuesto por alquilar, una vez deducidos gastos de cierto importe como los intereses de la hipoteca, la amortización del inmueble, gastos de reparaciones o gastos fijos como la comunidad o el IBI.

¿Qué son los ingresos íntegros del alquiler?

Los ingresos íntegros del alquiler son la suma de todas las mensualidades devengadas durante 2025, sin realizar ningún tipo de reducción y sin restar ningún gasto ni impago.

¿Cuánto me puedo deducir de los ingresos del alquiler?

Los propietarios deben declarar la totalidad de sus ingresos por alquiler. Sin embargo, a estos ingresos se les puede restar una serie de gastos detallados más adelante (intereses de la hipoteca, reparaciones, IBI, comunidad, seguro de hogar, etc.) y sobre dicho resultado se puede aplicar una reducción del 50% al 90% según el caso, siempre que el inmueble haya sido alquilado como vivienda habitual a personas físicas.

¿En qué casilla se declara el alquiler?

Los ingresos del alquiler se declaran en la casilla 0102 (ingresos íntegros). El inmueble se identifica en las casillas 0062–0075, y los datos del contrato e inquilinos en las casillas 0091–0101. Los gastos deducibles se distribuyen entre las casillas 0103 y 0132 según su naturaleza (hipoteca, reparaciones, comunidad, IBI, seguros, amortización, etc.).

¿Cuál es la reducción del alquiler en la renta 2025?

Depende de cuándo se firmó el contrato. Para contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023, la reducción sigue siendo del 60%. Para contratos posteriores a esa fecha, la reducción general es del 50%, pero puede subir al 60% si hubo obras de rehabilitación previas, al 70% en zonas tensionadas con inquilino joven (hasta 35 años) o vivienda asequible pública o del tercer sector, y al 90% en zonas tensionadas cuando la renta es al menos un 5% inferior a la del contrato anterior.

¿Cómo incluyo el alquiler en mi declaración de la renta?

Para incluir el alquiler en la declaración, accede al Apartado C, páginas 6 y 7 de Renta Web. Primero identifica el inmueble (casillas 0062–0075), luego cumplimenta los datos del contrato y los inquilinos (casillas 0091–0101) y después introduce los ingresos íntegros en la casilla 0102. A partir de ahí, distribuye los gastos deducibles en las casillas 0103 a 0132 según su naturaleza. El programa aplica automáticamente la reducción correspondiente (50–90%) si el inmueble ha sido alquilado como vivienda habitual.

Última revisión: 10 de junio de 2026

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99 Comentarios

  • Oliver dice:

    Buenos días,
    tengo 2 preguntas concretas:

    Hasta que alquilé mi piso, vivía allí yo mismo.
    1)¿Puedo declarar como gasto los costes de mudanza (por haberme trasladado a otro piso)?

    2) Teniendo en cuenta que actualmente pago un alquiler, lo cual reduce mis ingresos netos por el arrendamiento de mi propio piso, ¿puedo declarar el alquiler que pago como gasto?

    Gracias de antemano.

    • Rentuos dice:

      Buenos días Oliver. No puedes declarar ninguno de esos gastos ya que no están directamente vinculados a la vivienda ni del contrato de arrendamiento

      • Oliver dice:

        Gracias por la respuesta, pero que injusto la verdad. A veces tengo la impresión de que las leyes fiscales en este país son tan poco justas y tan alejadas del sentido común, que prácticamente obligan a la gente a tomar medidas para restablecer, de algún modo, un mínimo de justicia financiera.

  • Fran dice:

    Hola yo tengo un inmueble en propiedad al 50% alquilado, adquirido por herencia.
    Tengo el modelo 650 del impuesto de sucesiones en el que aparece declarado el valor conjunto de ese y otros inmuebles, no lo tengo desglosado. Lo que si tengo es el inventario de bienes donde aparece una descripcion del inmueble, la referencia catastral, el valor catastral y el valor de la participacion del inmueble.
    Para calcular la amortizacion puedo usar como valor de adquisicion este ultimo? osea el valor de la participacion?, creo que podria ser el valor declarado porque al sumar este y el resto de inmuebles me da la cantidad total declarada en el impuesto de sucesiones con una minima diferencia que puedan ser joyas y no este refelejado.
    De ser asi seria posible justificarlo con el inventario de bienes si lo pidieran?
    E solicitado una copia del modelo 650 y toda la documentacion relacionada a ver si aparece mas detallado pero no se lo que va a tardar y se acaba el tiempo.
    Gracias. Un saludo.

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