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El 2 de abril de 2025 comenzó la campaña de la declaración de la Renta. Si eres propietario de una vivienda en alquiler en esta guía te explicamos paso a paso Cómo declarar el alquiler de la renta. Sin embargo, si eres inquilino y quieres declarar el alquiler que pagas, este es tu artículo. 

Soy inquilino y quiero declarar el alquiler en 2025: requisitos

Para declarar la renta como inquilino, este debe cumplir unos requisitos. 

  • El nombre del inquilino en el contrato de arrendamiento. Para realizar la declaración de la renta como inquilino, este tiene que aparecer en el contrato, ya sea porque vive solo o comparte el piso. 
  • El inmueble debe ser su vivienda habitual.
  • El arrendatario debe estar empadronado en el municipio donde está la casa alquilada.
  • El inquilino necesitará para su declaración de la renta los datos del propietario y del piso alquilado -DNI, dirección y número de catastro-.
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Deducción del alquiler para inquilinos

Ya no hay ninguna deducción estatal del alquiler para arrendatarios de vivienda habitual, se suprimió en 2015. No obstante, es posible seguir beneficiándose de esta reducción si el contrato de alquiler que has ido abonando durante 2024 se firmó con anterioridad al 1 de enero de 2015. Cumpliendo este requisito puedes desgravar el 10,05% del alquiler si tu base imponible no supera los 24.107,20 euros al año

Aparte, existen múltiples deducciones autonómicas para inquilinos.

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Deducciones autonómicas del alquiler para inquilinos

Un gran número de Comunidades Autónomas cuentan con desgravaciones para los inquilinos que residen en su territorio pero, para ello, deben tener en cuenta:

  1. El precio de la renta
  2. La edad del inquilino el día de finalización del año fiscal (31 de diciembre de 2024)
  3. Los ingresos del inquilino
  4. Límites máximos que pueden deducirse
  5. La dación en pago (solo en algunas comunidades)

Por este motivo, recomendamos que antes de iniciar la solicitud se tenga presente:

  • Cuando la reducción es para menores de cierta edad, por ejemplo 36 años, no se incluye a aquellos que tengan ya 36 años. 
  • Cuando se comparte piso, cada inquilino podrá desgravarse lo correspondiente a lo que paga de renta, independientemente de lo que paguen el resto de compañeros inquilinos. 
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Soy inquilino y quiero declarar el alquiler
Soy inquilino y quiero declarar el alquiler

Andalucía

En Andalucía, un menor de 35 años se puede desgravar un 15% de lo pagado por el alquiler hasta 600 euros, o hasta 900 euros si la persona tiene una discapacidad. Además, la suma de la base imponible general y del ahorro del contribuyente, casillas (0435) y (0460) de la declaración, no puede superar los 25.000 euros en declaración individual y los 30.000 euros en conjunta.  

Aragón

La reducción en Aragón sólo se aplica si la vivienda se alquila como dación en pago de un préstamo. Te puedes desgravar un 10% con un límite de 4.800 euros, siempre que la suma de la base imponible general y del ahorro no supere los 15.000 euros en declaración individual y los 25.000 en la conjunta. 

Asturias

Es posible desgravar un 10% de las cantidades pagadas por un alquiler hasta 500 euros. Esta cuantía se puede aumentar un 30% hasta 1.500 euros en caso de jóvenes de hasta 35 años, familia numerosa o monoparental, víctimas de violencia de género o residentes en zonas en riesgo de despoblación. 

Baleares

La deducción puede ser del 15%, hasta 530 euros para menores de 36 años. Puede ser hasta el 20% para menores de 30 años o persona con discapacidad, familias numerosas o monoparentales, además de que la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro del contribuyente, casillas (0435) y (0460) de la declaración, no supere las siguientes cuantías:

  • 33.000 euros en tributación individual.
  • 52.800 euros en tributación conjunta.

Canarias

La hacienda canaria contempla la deducción del 24% de las rentas pagadas hasta 740 euros, 760 euros en el caso de contribuyentes menores de 40 años y de edad igual o superior a 75 años. La suma de la base imponible general más la base imponible de ahorro no puede superar los 45.500 euros en declaración individual y los 60.500 euros si es conjunta.

Cantabria

La cuantía de la deducción es el 10% del alquiler pagado con un límite de 300 euros en declaración individual y de 600 euros en la conjunta. Se pueden beneficiar los menores de 36 años, 65 años o personas con una discapacidad de al menos un 65%. Existe otra deducción que aplica solo a los residentes en zonas con baja densidad de población.

Castilla La Mancha

El importe de la deducción para alquileres en Castilla La Mancha es del 15% con un límite de 450 euros, aunque sube al 20% y a un límite de 612 euros en municipios pequeños. La suma de la base imponible general y del ahorro no puede superar los 12.500 euros en tributación individual y los 25.000 euros en conjunta. 

También se contemplan desgravaciones por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a dación en pago, y a familias numerosas, monoparentales o personas con discapacidad.

Castilla y León

Existe una deducción disponible del 20% de las cantidades pagadas en concepto de alquiler hasta los 459 euros. Asimismo, hay otra reducción disponible por residir en zonas rurales en riesgo de despoblación del 25% con un límite de 612 euros. Los requisitos son los siguientes:

  • Que el contribuyente tenga menos de 36 años. 
  • Que la suma de la base imponible general y base imponible del ahorro menos el mínimo personal y familiar no supere los 18.900 euros en tributación individual y los 31.500 euros en tributación conjunta.

Cataluña

En el caso de Cataluña, hay dos posibles deducciones: 

  • Un 10% hasta los 300 euros si se tienen 32 años o menos, se ha estado en paro a partir de 183 días durante el ejercicio fiscal, se tiene una discapacidad, o se es viudo con más de 65 años.
  • Un 10% hasta los 600 euros en caso de familia numerosa o monoparental.

La condición es que la base imponible y el ahorro menos el mínimo por descendientes sean inferiores a los 20.000 euros -30.000 si la declaración es conjunta-.

Comunidad de Madrid

La deducción por arrendamiento en Madrid es del 30%, hasta un máximo de 1.237,20 euros. Los requisitos son los siguientes:

  • Menor de 40 años.
  • No superar los 26.414 euros en tributación individual y los 37.322 euros en tributación conjunta.
  • La suma de la base imponible general (casilla 435) y del ahorro de la unidad familiar (casilla 460), no puede superar los 61.860 euros.   
  • Las cantidades pagadas por el alquiler deben superar el 20% de la suma de base imponible y del ahorro del contribuyente.   

Comunidad Valenciana

En Valencia se aplica una deducción del 20%, con un límite de 800 euros, si la base imponible y el ahorro es inferior a los 30.000 euros.

Inquilinos de 35 años o menos, o con discapacidad se beneficiarán de una deducción del 25%, hasta 950 euros. Por último, podría reducirse hasta el 30% si se cumplen ambos supuestos. 

Extremadura

Los inquilinos de menos de 36 años pueden deducirse el 30% de las cantidades pagadas durante el ejercicio en concepto de renta, con un límite de 1.000 euros. Este margen se amplía en el caso de las zonas rurales. La suma de la base imponible general y del ahorro no debe superar los 28.000 euros en la declaración individual o los 45.000 en conjunto.

Galicia

En Galicia se deducirá un 10% del alquiler a los menores de 36 años, con un límite de 300 euros. La cuantía puede aumentar al 20%, con un límite de 600 euros, si el inquilino tiene hijos menores. Esto siempre que la base imponible y el ahorro sea inferior a los 22.000 euros.

Murcia

Los requisitos son ser menor de 40 años, ser familia numerosa o tener un grado de discapacidad de al menos el 65%. La deducción es del 10%, con un máximo de 300 euros.

La Rioja

En La Rioja se aplica una deducción del 10% a menores de 36 años con una base imponible máxima de 18.030 euros. La reducción es de hasta 300 euros; puede ser del 20% en determinados municipios pequeños de la comunidad.

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