Última revisión: 15 de agosto de 2026

El Gobierno ha anunciado la puesta en marcha de 12 medidas sobre vivienda con los objetivos de «generar más vivienda, mejorar la regulación y proporcionar mayores ayudas”. El acceso a la vivienda se ha convertido en uno de los principales problemas de los ciudadanos debido a la escasez de oferta y -consecuentemente- a una subida de precios hasta alcanzar máximos históricos tanto en venta como en alquiler. Los precios han aumentado un 48% en la última década en Europa, casi dos veces más que la renta de los hogares — parte de estas medidas se concretaron después en el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030.

En este artículo repasamos esas 12 medidas anunciadas por el Gobierno en enero de 2025, actualizadas a agosto de 2026 con lo que finalmente se ha aprobado, lo que se ha sustituido por otra vía distinta y lo que sigue sin materializarse año y medio después.

 

Alquiler asequible y con garantías 

El primer grupo de medidas del Gobierno en materia de vivienda van encaminadas a promover el alquiler asequible para favorecer el acceso a una vivienda en alquiler a los grupos más desfavorecidos, especialmente a los jóvenes. 

  1. Poner en marcha un sistema de garantías públicas para proteger a propietarios e inquilinos que participen en el alquiler asequible. Esta garantía ya es real: se aprobó dentro del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 (Real Decreto 326/2026, en vigor desde el 24 de abril de 2026, con un antecedente en un Real Decreto de diciembre de 2025). Cubre el impago de rentas, los daños al inmueble y los suministros pendientes en contratos con menores de 35 años o inquilinos vulnerables, siempre que la renta no supere el índice SERPAVI y el contrato esté registrado con fianza depositada. Su aplicación efectiva depende de que se firmen los convenios con cada Comunidad Autónoma, previstos para la segunda mitad de 2026.
  2. Ayudas para los propietarios que reformen un inmueble que lleve más de dos años vacío: hasta 30.000€ (35.000€ en municipios rurales o en riesgo de despoblación) si se destina a alquiler asequible o social durante al menos 5 años, más hasta 12.000€ adicionales para obras de habitabilidad o accesibilidad antes de la entrada del inquilino y hasta 18.000€ para reparaciones al finalizar la cesión. Esta ayuda ya es real: forma parte del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, en vigor desde abril de 2026. También existe una ayuda de hasta 600€ al mes para propietarios que cedan su vivienda a programas de alquiler asequible o social durante un mínimo de 7 años.
  3. Exención del 100% del IRPF para los propietarios que no suban la renta al inquilino al renovar el contrato. Esta era la propuesta original de enero de 2025 (aplicarla a cualquier alquiler dentro del Sistema Estatal de Referencia de Precios), pero nunca llegó a aprobarse tal cual. En enero de 2026 el Gobierno la sustituyó por esta versión, centrada en congelar rentas en las renovaciones, que sigue pendiente de aprobación dentro del decreto de vivienda aplazado a septiembre de 2026.
Volver al índice

Cambios regulatorios para pisos turísticos y alquiler de temporada

Otro paquete de medidas tiene el objetivo de endurecer la regulación aplicable a los alquileres de corta duración, con el fin de evitar la merma de oferta de vivienda habitual que acaba optando por formas de arrendamiento más rentables:

  1. Alquiler de temporada. Se busca reforzar la regulación y los medios para perseguir el fraude y endurecer las inspecciones autonómicas y municipales. En este sentido, desde el 1 de julio de 2025 es obligatorio registrar las viviendas destinadas al alquiler de corta duración (Real Decreto 1312/2024), con el número de registro único gestionado por el Colegio de Registradores.
  2. Los pisos turísticos. Modificación del IVA aplicable a las viviendas turísticas para que se equipare al de otras actividades económicas. En palabras del presidente Pedro Sánchez para que “tributen como lo que son, un negocio”, por lo tanto, al 21%. Año y medio después de este anuncio, la medida sigue sin aprobarse: en julio de 2026 el Gobierno volvió a incluirla en el paquete de vivienda que preveía llevar al Consejo de Ministros, pero ese decreto se aplazó a septiembre de 2026 por falta de apoyos parlamentarios.
  3. Extranjeros extracomunitarios no residentes. Este colectivo compra anualmente entre 25.000 y 30.000 viviendas, en un entorno en el que apenas se están construyendo 100.000 viviendas. Año y medio después, esta medida sigue sin aprobarse: el Gobierno concretó la propuesta como un recargo de hasta el 100% sobre el valor de referencia del inmueble para compradores extracomunitarios no residentes, pero el proyecto de ley, presentado en mayo de 2025, no ha llegado a debatirse en el Congreso por falta de mayoría parlamentaria. Además, varios juristas cuestionan su encaje con la Constitución y el derecho comunitario. 
  4. SOCIMIS. La propuesta inicial de restringirlas solo a vivienda asequible no se aplicó tal cual: lo que se aprobó fue una diferenciación fiscal. Desde el 1 de enero de 2026, el gravamen sobre los beneficios no distribuidos del alquiler residencial sube del 15% al 25% para las SOCIMIs cuya cartera de vivienda asequible no supere el 60% del total; las que sí superan ese umbral mantienen las ventajas fiscales del régimen (tipo del 0% en el impuesto de sociedades, plusvalías exentas).  
Volver al índice

Ayudas al alquiler

Otra de las promesas anunciadas se va a centrar en construir “más viviendas, mejor regulación y mayores ayudas para el acceso a la vivienda” con especial atención a los colectivos de “personas mayores, jóvenes, personas vulnerables o con discapacidad y a aquellas que residen en zonas degradadas” mediante: 

  1. La creación de un Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, que ya está aprobado y en vigor desde el 24 de abril de 2026 (Real Decreto 326/2026). Incluye ayudas al alquiler, la compra y la rehabilitación — entre ellas la garantía pública contra impagos y las ayudas para reformar vivienda vacía descritas más arriba. Puedes ver el detalle completo en nuestra guía del Plan Estatal de Vivienda 2026.
Volver al índice
medidas del Gobierno en materia de vivienda
Medidas del Gobierno en materia de vivienda para el alquiler

Creación de una Empresa Pública de Vivienda

Con el fin de construir un parque de vivienda pública que equiparare el parque español (2,5% del total) con el de otros países europeos como Francia (14%) o Países Bajos (34%), se va a crear una Empresa Pública de Vivienda con las siguientes condiciones:

  1. La nueva empresa pública, ya bautizada como Casa 47, recibirá hasta 40.000 viviendas y 2.400 parcelas de la SAREB (con potencial para 55.000 viviendas más) a través de su transferencia a SEPES y Patrimonio Nacional, para construir y gestionar vivienda protegida en régimen de alquiler asequible. Son cifras muy superiores a las anunciadas en enero de 2025, cuando se hablaba de 3.300 viviendas propias más 30.000 procedentes de la SAREB.
  2. La nueva Empresa Pública de Vivienda tendrá prioridad en la compra de viviendas y de suelos.
  3. Titularidad pública indefinida para las viviendas construidas por el Estado.
Volver al índice

Construcción industrializada en las zonas de la DANA

También se han presentado una iniciativa para acelerar la recuperación de las ciudades afectadas por la DANA:

  1. Creación de un Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE) para impulsar la innovación y modernización del sector de la construcción industrializada y modular. Esta fórmula permite el ahorro de tiempo y costes en la construcción de casas. Este PERTE ya está en marcha, con una inversión de 1.300 millones de euros a 10 años y sede en la nueva Ciudad de la Industrialización de la Construcción, en la Zona de Actividades Logísticas (ZAL) del Puerto de Valencia. En paralelo, el Plan Vive Dana ha puesto en marcha la construcción de 250 viviendas industrializadas para los municipios afectados, con más de un centenar ya en distintas fases de obra.

Para el detalle de ayudas ya vigentes, consulta las ayudas a la rehabilitación en Barcelona y el Plan Estatal de Vivienda 2026.

Volver al índice
Propietarios de pisos en alquiler

Preguntas frecuentes

¿Qué medidas de vivienda del Gobierno están ya en vigor y cuáles siguen pendientes?

De las 12 medidas anunciadas en enero de 2025, el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 (Real Decreto 326/2026) ya está en vigor desde el 24 de abril de 2026, con la garantía pública de impago, las ayudas para reformar vivienda vacía y el registro obligatorio del alquiler de temporada. En cambio, la subida del IVA a los pisos turísticos al 21%, el recargo a extranjeros extracomunitarios no residentes y la exención de IRPF por congelar rentas en la renovación siguen sin aprobarse, incluidas en el decreto de vivienda aplazado a septiembre de 2026.

¿Qué cubre la garantía pública de impago para propietarios que alquilen a precio asequible?

Desde abril de 2026 cubre el impago de rentas, los daños al inmueble y los suministros pendientes, en contratos con inquilinos menores de 35 años o en situación de vulnerabilidad, siempre que la renta no supere el índice SERPAVI y el contrato esté registrado con la fianza depositada. Su aplicación efectiva depende de que se firmen los convenios con cada comunidad autónoma, previstos para la segunda mitad de 2026.

¿Cuánto puedo cobrar de ayuda si reformo un piso que llevo tiempo sin alquilar?

Hasta 30.000€ (35.000€ en municipios rurales o en riesgo de despoblación) si el piso lleva más de dos años vacío y lo destinas a alquiler asequible o social durante al menos 5 años, más hasta 12.000€ adicionales para obras de habitabilidad o accesibilidad antes de que entre el inquilino, y hasta 18.000€ para reparaciones al finalizar la cesión. También existe una ayuda de hasta 600€ al mes si cedes tu vivienda a programas de alquiler asequible o social durante un mínimo de 7 años.

¿Es obligatorio registrar mi piso si lo destino al alquiler de temporada?

Sí. Desde el 1 de julio de 2025 es obligatorio registrar las viviendas destinadas al alquiler de corta duración, con un número de registro único gestionado por el Colegio de Registradores, según el Real Decreto 1312/2024. La medida busca reforzar las inspecciones autonómicas y municipales y perseguir el fraude en este tipo de arrendamiento.

Marcos Menéndez

coCEO de Rentuos. Inquilino desde la cuna, tercera generación de gestores de alquileres. Trabajando para que ningún propietario pierda el sueño por su alquiler y ningún buen inquilino se quede sin vivienda.

recuperar la vivienda por necesidad
Recuperar la vivienda por necesidad: qué dice la ley y cómo hacerlo bienContrato de alquiler y Legislación

Recuperar la vivienda por necesidad: qué dice la ley y cómo hacerlo bien

Recuperar la vivienda por necesidad: la LAU (art. 9.3) lo permite pasado el primer año,…
Arrendadora entregando las llaves al arrendatario tras firmar el contrato de alquiler
Arrendador y arrendatario: quién es quién en un contrato de alquilerContrato de alquiler y Legislación

Arrendador y arrendatario: quién es quién en un contrato de alquiler

Arrendador y arrendatario: El arrendador cede la vivienda y cobra la renta; el arrendatario la…
madrid zona tensionada
¿Es Madrid zona tensionada? No, pese a tener el alquiler más presionado de EspañaContrato de alquiler y Legislación

¿Es Madrid zona tensionada? No, pese a tener el alquiler más presionado de España

¿Es Madrid zona tensionada? No, aunque 17 de 21 distritos superan el 30% de esfuerzo…

Deja una respuesta